Obtener el Registro Calificado

Se entiende como la solicitud que hace por primera vez una Institución de Educación Superior (IES) al Ministerio de Educación Nacional, para ofertar un programa nuevo a nivel de pregrado o posgrado. En la solicitud, demuestra que cuenta con el soporte institucional, académico, administrativo y financiero, necesario para que un Proyecto Curricular funcione; a la vez, que, presenta las concepciones que fundamentan la propuesta curricular y los modos como será puesta en marcha de la mano del respaldo que brinda la Institución en el ámbito administrativo. Precisamente, la evaluación de un nuevo programa se hace a la luz de condiciones institucionales adecuadas para el funcionamiento del programa y de una propuesta curricular sólida que evidencie su articulación con las necesidades del contexto y la naturaleza de la Institución desde la cual se propone. Esta solicitud se hace mediante la radicación del proceso en la plataforma SACES MEN.

En el caso de las universidades que cuentan con Acreditación Institucional de Alta Calidad, la visita de pares se efectuará para los nuevos Proyectos Curriculares del nivel de doctorado, mas no se hará para los demás niveles de formación. Por medio de estas visitas, se complementa o amplia información que aporta a comprender la propuesta curricular y a evidenciar que se cuenta con condiciones en términos de recursos físicos, humanos, financieros, administrativos, entre otros, que comprueben la viabilidad de aprobar el nuevo Proyecto Curricular.

Los documentos necesarios para este proceso se enuncian a continuación:

  • Documento maestro para solicitud de Registro Calificado.
  • Acto administrativo que aprueba la creación del nuevo Proyecto Curricular expedida por el Consejo Superior Universitario.
  • Aval por parte de la Oficina Asesora de Planeación y Control a la evaluación financiera presentada por el Proyecto Curricular.
  • Syllabus de los espacios académicos que conforman el plan de estudios.

Renovar el Registro Calificado

La renovación del Registro Calificado, es el proceso por el cual una vez ha entrado en funcionamiento un nuevo Proyecto Curricular en una Institución de Educación Superior, se evalúa el desarrollo de las condiciones de calidad con las que fue aprobado, durante la vigencia del Registro Calificado otorgado mediante Resolución expedida por el Ministerio de Educación Nacional.

El proceso de Autoevaluación como ejercicio permanente aporta a la consolidación de los documentos que sustentan la renovación del Registro Calificado, de allí, la importancia de adelantar de forma periódica la organización, la sistematización y el análisis de información que contribuye a la toma de decisiones; evidencia el crecimiento del Proyecto Curricular, sus fortalezas y oportunidades de mejoramiento, consolidadas en el Plan de Mejoramiento y, permite enriquecer el ejercicio de formación. Estos informes se consolidan en el contexto del Modelo Sistémico de Autoevaluación y cuenta con la Bitácora de la Autoevaluación como documento guía para su construcción.

La renovación del Registro Calificado, debe ser radicada ante el Ministerio de Educación Nacional, por lo menos doce (12) meses antes de su vencimiento y en la Coordinación General de Autoevaluación y Acreditación catorce (14) meses antes para su respectiva revisión, acompañado de los conceptos elaborados previamente por las Coordinaciones de los Comités de Autoevaluación y Acreditación de las Facultades. Anualmente, el Ministerio de Educación Nacional, establece ciclos para los Proyectos Curriculares que deben presentar sus procesos de renovación. De acuerdo con estas fechas la radicación de los documentos se realizará a través de la plataforma SACES MEN y no podrá hacerse en una fecha posterior al cumplimiento de los 12 meses previos al vencimiento.

Los documentos necesarios para presentar la renovación son:

  • Documento maestro para la Renovación del Registro Calificado.
  • Syllabus de los espacios académicos que conforman el plan de estudios.
  • Evaluación financiera revisado por la Coordinación General de Autoevaluación y Acreditación.

Modificar el Registro Calificado

La autoevaluación como proceso dinámico, permite a los Proyectos Curriculares y a la Institución, identificar situaciones que aporten al fortalecimiento del proceso de formación y de la propuesta curricular. A partir de ellas, los Proyectos Curriculares definen cómo enfrentar los cambios surgen en el contexto y las necesidades que se derivan de estos, mediante acciones como: actualización del plan de estudios; ampliación de su campo de acción, desde la mirada disciplinar y social; favorecimiento del intercambio interinstitucional, entre otras. Cada uno de estos cambios, requieren sustentación ante el Ministerio de Educación Nacional, el cual es el encargado de evaluar y aprobar las modificaciones de considerarlo pertinente.

En tal sentido, se entiende una modificación como el cambio propuesto y justificado por el Proyecto Curricular para el Registro Calificado aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, con el propósito de actualizar y ajustar aquellos aspectos que, motivados por los resultados obtenidos en la autoevaluación, la evaluación externa y el contexto social en el que se oferta el programa, han sido considerados para otorgarles una nueva orientación. En el contexto del Decreto 1330 del 25 de julio de 2019 del MEN, las principales modificaciones al Registro Calificado son:

  • Denominación o titulación del programa.
  • Número total de créditos del plan de estudios.
  • Cambio en la estructura de un programa para incorporar el componente propedéutico.
  • Cualquier cambio en la modalidad de un programa.
  • Inclusión dentro de un registro único de una nueva modalidad, distinta a la otorgada inicialmente.
  • Ampliación o modificación de los lugares de desarrollo.
  • Convenios que apoyan el programa, cuando de ellos dependa su desarrollo.

Sea en casos como los anteriores o en modificaciones asociadas a inclusión de un nuevo énfasis, cambio en el número de cupos a ofertar por el Proyecto Curricular, cambio en la periodicidad de la admisión, redistribución de los espacios académicos, reorganización de los créditos académicos al interior del plan de estudios, entre otros, todas las modificaciones deben ser notificadas al Ministerio de Educación Nacional, aun cuando sean consideradas como no sustanciales, es decir que no afectan las condiciones de calidad aprobadas en el Registro Calificado. En el caso de las Licenciaturas las modificaciones fueron motivadas por lo señalado en la Resolución No. 18583 del 15 de septiembre de 2017, antecedida por la Resolución 2041 de 2016, la cual la deroga.

Para adelantar el trámite ante el Ministerio de Educación Nacional se requieren los siguientes documentos:

  • Documento que sustenta la modificación al Registro Calificado.
  • Nuevo plan de estudio (si es el caso).
  • Plan de equivalencias del plan de estudios vigente vs. el propuesto.
  • Actos administrativos que evidencien su aval y aprobación por parte de Consejo Curricular, Comité de Currículo de la Facultad, Coordinación de Autoevaluación y Acreditación de la Facultad, Consejo de Facultad, Consejo Académico de la Institución y Consejo Superior Universitario, si este último se requiere.
  • Aval por parte de la Oficina Asesora de Planeación y Control a la evaluación financiera presentada por el Proyecto Curricular en caso de que la modificación implique cambios en el presupuesto del programa o revisada por la Coordinación General de Autoevaluación Acreditación en caso contrario.  
  • Syllabus de los nuevos espacios académicos o de los modificados si corresponde con el proceso.
  • Plan de homologación y transición que garantice los derechos de los estudiantes.

Nota: de considerarse necesario incluir otra información, mediante los conceptos elaborados tras la revisión del documento de modificaciones se informará al Proyecto Curricular.

Importante: para los programas que han previsto como parte de su proceso de autoevaluación modificaciones al Registro Calificado en el marco de la renovación, estas se deberán radicar mínimo (4) meses antes de la radicación en plataforma SACES MEN en la Coordinación General de Autoevaluación y Acreditación, si requieren aprobación del Consejo Académico. En caso que la modificación requiera aprobación por parte del Consejo Superior Universitario, CSU, la radicación deberá hacerse con mínimo (6) meses previos a la radicación de los documentos para renovación en la plataforma SACES MEN en la Coordinación General.

×
Enlaces de servicios prestados por la Universidad
Servicios Universidad Distrital
Servicios
Escritorios virtuales
Asamblea Universitaria
Participación Ciudadana
Sistema de conceptos legales
Banco de imágenes
Semilleros de investigación
Grupos de investigación
Aulas virtuales
Sistema de Gestión Académica (SGA)
Reforma UD
Mesa de diálogo
Servicio de Descubrimiento
Deportes
Reliquidación de matrícula
Sistema de Investigaciones SICIUD
Sistema de Información de la Secretaria General (SISGRAL)
Ingreso sistema Ágora
Aulas virtuales Pregrado
Aulas virtuales Posgrado
Salud
Hora Legal Colombiana
Inteligencia institucional (SpagoBi)
Revistas científicas
Subsistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo
Aplicativo Cumplidos CPS (Plataforma GAIA)
Microsoft Azure ®
Microsoft Imagine
Aulas virtuales - PlanesTIC UD
Campus virtual
Notificaciones judiciales
Repositorio Institucional
Catálogo en Línea
Antivirus Kaspersky®
Sistema de información ICARO
Tramites y Otros Procedimientos
Sistema de Notificaciones
Editorial UD
Inteligencia Institucional (BIS)
Comité Institucional de Currículo
Sistema Integrado de Gestión (SIGUD)
Espacios Web
Movilidad Académica
Correo institucional
Cursos de Idiomas
Cursos de extensión
Encuestas
Transparencia y Acceso a Información Pública
La Rectoría Informa
Microsoft®
Laboratorios
Bogotá Te Escucha, Sistema Distrital de Quejas y Soluciones (SDQS)
Tienda UD
BDIGITAL
Sistemas de Bibliotecas
Apoyo Alimentario
Procesos contractuales
Canal de videos institucional
LAUD 90.4 FM En vivo
Sistema de Gestión Académica (SGA) - Acceso docentes y administrativos
Distrinautas
Sistema de Gestión Ambiental
Sistema de Gestión Académica (SGA) - Acceso estudiantes y egresados